Plagiando obras por un puñado de "likes"

¿Duele mas el ego herido por unos "Me Gusta" o ver que alguien más supo vender mejor tu obra?



Desde el día 28 de Marzo, la página oficial del Colectivo México Art en Facebook mantiene una campaña contra el plagio, campaña que más bien parece denunciar ciertas actividades comunes que vemos muy a menudo en diversos partes de todo internet.

Un problema grave es cuando dicho material se comercializa sin que el autor reciba regalía alguna, es decir un arma de dos filos en este país. Pedir que se penalice a quien vende ropa sin los derechos sobre las ilustraciones y sin consentimiento del autor es lo mismo que pedir mismo castigo a quien vende clones de películas en los mercados populares.

Esta campaña podría decirse que se origina a partir de una publicación en la página oficial de México Art, misma que se dedica a compartir material de otros artistas pidiendo como requisito mínimo que los artistas compartan en sus páginas el enlace hacia esta comunidad. El post comienza de manera tajante y directa, más que denunciando un caso de plagio pareciera que la jefa editora de dicha página descarga su enfado contra aquellas páginas que se dedican a manipular imágenes a beneficio propio. El caso que vemos en esta publicación hace referencia a una ilustración autoría de Edkkar inmediatamente la discusión comienza con opiniones divididas.

En serio gente, no sean tan perdedores como para robar los trabajos de artistas, alterarlos, BORRARLES LA FIRMA/LOGO, resubirlos con frases pendejas, RE-ETIQUETARLOS y esperar que lluevan los likes, tengan tantita m....
Esta pieza es original de Edkkar y en su página encontrarás mucho talento. ;)
 Por su parte el autor original de la imagen pareciera no compartir la misma opinión, incluso expresa su opinión a favor de este tipo de actividades pero recalcando su desagrado cuando se borra la firma del autor original.

Hey! Sólo quería comentar que a mi me parece bien que intervengan las imágenes, a veces se logra algo muy interesante o hasta mejor. Pero creo que sí está chafa borrar la firma de un autor y poner otra, vamos pueden estar dos firmas si quieren en la misma imagen.
También podemos ver en la caja de comentarios opiniones completamente a favor, argumentando que lo que es colocado en internet es completamente público y por lo tanto pertenece a todos.

Hasta cierto punto debo decirles que mi postura es netamente a favor del argumento original, no es posible que los autores no reciban regalía alguna cuando sus obras originales son comercializadas a sus espaldas. De hecho otra práctica muy común en internet es el fan-art, donde el autor se basa directamente en una propiedad intelectual conocida. En mi caso podrán ver que en mi cabecera aparece flagrántemente una ilustración que hice hace un año de Godzilla (Gojira en Japón), ilustración que en la edición IV de IlustraFest vendí en forma de postales junto a otras ilustraciones de personajes famosos como King Kong, Jason Vorhees, Pennywise el payaso y Daft Punk entre otros. Hasta la fecha no he recibido reclamación alguna por parte de los dueños de las propiedades intelectuales o de los derechos sobre dichas propiedades, ¿Es decir que a la fecha sigo en plena flagrancia de la ley?.

La ley mexicana nos dice en su artículo 5.


La protección que otorga esta Ley se concede a las obras desde el momento en que hayan sido fijadas en un soporte material, independientemente del mérito, destino o modo de expresión. El reconocimiento de los derechos de autor y de los derechos conexos no requiere registro ni documento de ninguna especie ni quedará subordinado al cumplimiento de formalidad alguna.
Por otra parte, encontramos algo bastante interesante en el artículo 14 de este reglamento:

No son objeto de la protección como derecho de autor a que se refiere esta Ley: 
  • I. Las ideas en sí mismas, las fórmulas, soluciones, conceptos, métodos, sistemas, principios, descubrimientos, procesos e invenciones de cualquier tipo; 
  • II. El aprovechamiento industrial o comercial de las ideas contenidas en las obras; 
  • III. Los esquemas, planes o reglas para realizar actos mentales, juegos o negocios; 
  • IV. Las letras, los dígitos o los colores aislados, a menos que su estilización sea tal que las conviertan en dibujos originales; 
  • V. Los nombres y títulos o frases aislados; 
  • VI. Los simples formatos o formularios en blanco para ser llenados con cualquier tipo de información, así como sus instructivos; 
  • VII. Las reproducciones o imitaciones, sin autorización, de escudos, banderas o emblemas de cualquier país, estado, municipio o división política equivalente, ni las denominaciones, siglas, símbolos o emblemas de organizaciones internacionales gubernamentales, no gubernamentales, o de cualquier otra organización reconocida oficialmente, así como la designación verbal de los mismos; 
  • VIII. Los textos legislativos, reglamentarios, administrativos o judiciales, así como sus traducciones oficiales. En caso de ser publicados, deberán apegarse al texto oficial y no conferirán derecho exclusivo de edición; Sin embargo, serán objeto de protección las concordancias, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que entrañen, por parte de su autor, la creación de una obra original; 
  • IX. El contenido informativo de las noticias, pero sí su forma de expresión, y 
  • X. La información de uso común tal como los refranes, dichos, leyendas, hechos, calendarios y las escalas métricas.

Es decir, la ley no protege al fan-art pero si a las obras originales que hayan sido divulgadas independientemente de su medio siempre y cuando tengan un soporte material y como menciona más adelante el artículo 17, siempre y cuando incluya la frase Derechos Reservados y el símbolo © con el nombre completo y dirección del titular del derecho de autor y el año de la primera publicación, pero también se menciona que las leyes del país de origen de todas las obras se hacen válidas inmediatamente.

¿Si los autores queremos protegernos de esta práctica debemos evitar hacerla de manera implícita? He aquí un punto importante por que muchos no estamos en completo acuerdo de dejar de hacer fan-art y por qué no, de repente comercializar dicha obra en una escala menor y hasta en la más mínima de sus expresiones como stickers, botones o postales. Incluso subiendo la escala, quizás hasta hacer una línea de ropa de aquella ilustración que tanto nos gustó de otra propiedad intelectual. Lo mejor que podríamos hacer, es seguir el ejemplo de Máscara de Latex que cuenta con los derechos para explotar dichas propiedades.

Para concluir, ¿esta mal que otros se aprovechen de tus trabajos para ganar audiencia? yo pienso que no, siempre y cuando te otorguen algo de crédito. Si la gente se peleara por cada una de sus ideas estaríamos debatiendo para siempre quien es el dueño del mejor meme de la historia. En mi opinión este tema no tiene mayor profundidad que el de sanar egos heridos en facebook, en su  mayoría esta actividad se relaciona con ver quién tiene el mayor valor escalar de una variable llamada "Me Gusta" almacenada en un servidor en Prineville, Oregon, Estados Unidos.


Referencias
http://www.indautor.gob.mx/documentos_normas/leyfederal.pdf

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